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Inscripción al Registro de Paseadores de Perros
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Instructivo

¿ En qué consiste, para qué y cuándo realizarlo?
Este trámite lo deben realizar las personas que realizan la actividad de paseo de perros, para obtener la credencial identificatoria habilitante para dicha actividad.


¿Dónde y en qué horario se realiza?
La inscripción se realiza en la sede del Registro de paseadores de perros, Cerrito 268, piso 11, en el horario de 11 a 17 horas. 



¿Quién puede efectuarlo?
Los requisitos para inscribirse en el Registro son los siguientes:
• ser mayor de 18 años, acreditado con la presentación de documento de identidad y fotocopia del mismo
• domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, acreditado con certificado expedido por la Policía Federal Argentina
El trámite debe realizarlo el interesado.



¿Qué se necesita para realizarlo?
En el momento de realizar el trámite es necesario:
• presentar certificado de domicilio de la Policía Federal (domicilio correspondiente a la Ciudad)
• denunciar el domicilio real
• entregar dos fotos color de 4 cm x 4 cm
• firmar la declaración jurada

         
Documentación requerida
Documentación Original Copia Mostrar Entregar
Certificado de domicilio    
Certificado de domicilio    
   
Información por internet
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¿Qué costo tiene?
El trámite es gratuito.


¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?
La credencial tiene un año de validez, debe renovarse dentro de los treinta días corridos anteriores a la fecha de vencimiento, en caso de no renovarse la misma caduca.
El titular de la credencial debe llevarla consigo en todo momento en que desarrolle la actividad, junto con la documentación que acredite su identidad.
Para renovar la credencial debe presentarse un certificado de libre deuda de infracciones, emitido por la autoridad competente.  En caso de robo o extravío de la credencial, debe presentarse la siguiente documentación:
- denuncia policial que acredite el robo o extravío
- libre deuda de infracciones emitido por la autoridad competente.
La credencial reemplazante tendrá el mismo plazo de validez que la credencial original, teniendo en cuenta la fecha de expedición de ésta.
Al inicio de cada mes, el paseador de perros deberá completar un parte mensual, en donde conste el nombre, apellido, domicilio, tipo y número de documento, teléfono y firma del propietario o tenedor del perro. El paseador debe llevar consigo esta documentación complementaria en todo momento en que desarrolle la actividad (junto con la credencial).
Todas las personas que pasean perros (en forma lucrativa o no) tienen las siguientes obligaciones, vinculadas con la noción de "tenencia responsable":
- los animales domésticos deben ser conducidos mediante el empleo de correa y collar.
- deben recogerse las deyecciones de los animales con una escobilla y una bolsita.
- no atar los animales a árboles, monumentos, semáforos, postes o cualquier tipo de mobiliario urbano.
- los perros solamente podrán permanecer en el espacio público sin el empleo de rienda o collar cuando se encuentren en los lugares  exclusivamente autorizados para el uso de animales domésticos (por ejemplo, caniles).
- si se pasea a más de tres perros en forma simultánea (aún cuando los animales sean propios), es necesario inscribirse en el Registro de paseadores de perros.
- los paseadores inscriptos en el Registro no pueden llevar más de 8 perros a la vez.




Fecha de última modificación: 22.02.2010

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